jueves, 3 de septiembre de 2009

Protocolo, ceremonial y precedencia

El conocimiento de estos términos serán útiles en alguna actividad que realice el relacionista pública, por es necesario tenerlas en cuenta.

Protocolo
Son el conjunto de normas y formalidades para los actos públicos y privados que permiten controlar su ejecución. Éstas pueden ser escritas (manual, ley) o no escritas (tradición, costumbre, hábitos).



Ceremonial
Es la solemnidad, usos y costumbres que deben de realizarse en una actividad oficial de los estados, por extensión a toda organización pública o privada



Precedencia
Es el orden y ubicación que le corresponde a una autoridad en acto o ceremonia de acuerdo a su categoría. Es la parte del protocolo que establece el orden de prelación entre los asistentes a un acto, generalmente las autoridades.

Cabe señalar que la precedencia puede ser por ley o por cortesía, donde el primero se concede por ostentar un determinado cargo o rango, esta viene reflejada en la correspondiente Ley General de Precedencias; mientras que el segundo, se ostenta por cesión o cortesía, aunque oficialmente no le corresponde ese orden, el mismo viene determinado por la cesión de este honor o privilegio.

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